Nacionalidad española. Te acompañamos en cada etapa de tu solicitud.
¿Llevas tiempo residiendo en España y quieres solicitar la nacionalidad española?
Estudiamos tu situación, comprobamos los requisitos y te ayudamos a preparar la documentación y presentar tu expediente. También valoramos los procedimientos aplicables a menores, hijos de españoles y otros supuestos de adquisición de la nacionalidad.
Preparamos tu solicitud con atención a cada detalle.
Revisamos los aspectos fundamentales para organizar tu expediente según el procedimiento aplicable.
Comprobamos el plazo legal que corresponde a tu situación.
Revisamos los justificantes necesarios para tu expediente.
Gestionamos las actuaciones incluidas en el servicio contratado.
¿Cómo puedes obtener la nacionalidad española?
Existen distintos procedimientos según tu tiempo de residencia en España, tus vínculos familiares y las circunstancias de tu nacimiento. Te ayudamos a identificar la vía aplicable y a conocer sus requisitos.
Nacionalidad por residencia
Es una de las vías más habituales. Permite solicitar la nacionalidad tras cumplir el periodo de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior exigido para cada supuesto, junto con los demás requisitos.
- Nacionalidad de origen del solicitante
- Tiempo de residencia legal en España
- Documentación y requisitos del expediente
Nacionalidad por opción
Está prevista para personas que mantienen determinados vínculos familiares con españoles, entre otros supuestos establecidos en el Código Civil. Las condiciones y los plazos dependen de la circunstancia que origina el derecho de opción.
- Filiación y nacionalidad de los progenitores
- Patria potestad y situación familiar
- Derecho de opción y plazo aplicable
Nacionalidad española de origen
La legislación reconoce la nacionalidad española de origen en determinados supuestos relacionados con la filiación, el nacimiento y la adopción. Analizamos las circunstancias y la documentación acreditativa.
- Lugar de nacimiento y filiación
- Nacionalidad de padres o adoptantes
- Inscripción y documentación registral
Nacionalidad por carta de naturaleza
Es una vía de concesión excepcional que corresponde discrecionalmente al Gobierno mediante Real Decreto. Requiere acreditar circunstancias excepcionales que justifiquen la solicitud.
- Circunstancias excepcionales alegadas
- Documentación acreditativa
- Particularidades del procedimiento
¿Eres colombiano, venezolano, peruano, ecuatoriano o de otro país iberoamericano?
Si eres nacional de origen de un país iberoamericano, puedes acceder al plazo reducido de dos años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Revisamos si reúnes también los demás requisitos exigidos.
Otros supuestos: el Código Civil también contempla la adquisición por posesión de estado, bajo condiciones muy específicas. La vía de nacionalidad debe determinarse según las circunstancias concretas de cada persona.
¿Cuántos años necesitas para solicitar la nacionalidad?
El plazo de residencia depende de tu situación. Comprobamos cuándo comenzó tu residencia legal y los requisitos que corresponden a tu expediente.
1 año
Entre otros supuestos, personas nacidas en España y quienes lleven un año casados con una persona española, sin separación legal ni de hecho, cumpliendo las condiciones previstas en el Código Civil.
2 años
Para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, así como sefardíes de origen, conforme a los requisitos legales.
5 años
Para personas que hayan obtenido la condición de refugiado. Es necesario estudiar la acreditación de esa condición y el periodo de residencia computable.
10 años
Plazo general de residencia legal exigido para solicitar la nacionalidad española cuando no resulta aplicable ninguno de los periodos reducidos.
La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
También se exige buena conducta cívica y suficiente integración en la sociedad española. Revisamos el historial de autorizaciones, posibles interrupciones y los documentos que acreditan cada condición.
La estancia por estudios, con carácter general, no computa como residencia legal a estos efectos. Las pruebas CCSE y DELE se aplican según la situación del solicitante y las exenciones o dispensas previstas legalmente.
Un permiso vigente puede formar parte de un historial con distintas autorizaciones. Analizamos las fechas antes de preparar la solicitud.
Solicitar valoración¿Ya has cumplido tu plazo de residencia?
Cuéntanos tu nacionalidad de origen y desde cuándo resides legalmente en España.
Nacionalidad española para menores e hijos de españoles.
El lugar de nacimiento, la nacionalidad de los padres y la situación familiar pueden determinar procedimientos diferentes. Revisamos cada caso para identificar la vía correspondiente.
Hijos de padre o madre españoles
Un hijo de padre o madre españoles es español de origen según el Código Civil. Examinamos la filiación, las fechas y la documentación registral para orientar el procedimiento correspondiente.
Menores nacidos en España
El nacimiento en España puede dar lugar a la nacionalidad de origen en ciertos supuestos legales, o permitir un plazo de un año de residencia para solicitar la nacionalidad. La nacionalidad de los padres y las circunstancias del nacimiento son esenciales.
Nacionalidad española por opción
Determinados vínculos con personas españolas permiten optar a la nacionalidad. Revisamos el supuesto del artículo 20, la edad, la representación legal y el plazo para ejercer el derecho.
¿Quién presenta la solicitud de un menor?
En la nacionalidad por residencia, la solicitud de los menores de 14 años se formula por su representante legal; desde los 14 y antes de los 18, el menor interviene asistido por su representante. Revisamos firmas, representación y posibles discrepancias entre representantes legales, de acuerdo con el artículo 21 del Código Civil.
Cuéntanos dónde nació el menor y qué nacionalidad tienen sus padres.
Consultar nacionalidad del menorLos procedimientos de nacionalidad de origen, por opción y por residencia tienen requisitos y autoridades de tramitación diferentes. Valoramos la vía adecuada antes de preparar el expediente.
Tu expediente de nacionalidad, organizado paso a paso.
Estudiamos tu situación y preparamos cada actuación con criterios documentales claros, para que sepas qué gestionamos y qué información necesitamos.
Estudiamos tu situación
Comprobamos la vía de adquisición, los plazos, las circunstancias familiares y las condiciones aplicables a tu expediente.
Preparamos los documentos
Identificamos certificados, justificantes y formularios; verificamos su coherencia y requisitos de presentación.
Gestionamos la solicitud
Cuando el servicio contratado lo incluye, realizamos la presentación ante el órgano competente por el canal habilitado.
Te informamos de los avances
Consultamos las novedades del expediente y comunicamos las actuaciones relevantes dentro del alcance del servicio acordado.
Conoce los requisitos antes de comenzar.
Te indicaremos qué documentación necesitamos y el alcance del servicio para tu situación.
La concesión de nacionalidad y los plazos de resolución dependen de las autoridades competentes. Las actuaciones de seguimiento y presentación se ajustan al servicio contratado.
Cada documento cuenta. Preparamos tu solicitud con detalle.
La documentación varía según tu edad, nacionalidad, situación personal y vía de adquisición. Revisamos los justificantes antes de preparar el expediente y te indicamos cuáles corresponden a tu caso.
Documentación que solemos revisar
Estos son los documentos habituales de una solicitud de nacionalidad por residencia. La lista definitiva se adapta a las circunstancias del interesado y a las consultas de datos que autorice.
Comprobamos la identificación, las páginas pertinentes y la vigencia.
Revisamos su expedición, legalización o apostilla y traducción, cuando proceda.
Valoramos país de origen, situación del solicitante y requisitos de legalización.
Comprobamos la trayectoria de residencia y los datos consultables o acreditables.
CCSE, DELE o exenciones y dispensas, además del formulario y la tasa correspondiente.
Organización documental. Comprobamos qué justificantes deben estar vigentes y cuáles requieren formalidades adicionales.
La documentación cambia según tu situación.
Representación e integración
Documentos de representantes, certificados registrales y acreditación escolar, según edad y procedimiento.
Idioma y plazo reducido
Comprobamos el plazo de dos años cuando corresponda y la exención de DELE para nacionales de países hispanohablantes.
Pruebas del supuesto reducido
Certificaciones de nacimiento, matrimonio y otros justificantes que fundamenten el plazo especial.
Filiación y Registro Civil
Certificados de nacimiento, vínculo con el progenitor español y documentos exigibles por el Registro Civil.
¿Quieres saber qué documentos necesitas?
Indícanos tu vía de nacionalidad y tu situación. Te explicaremos cómo iniciar la valoración.
La documentación definitiva depende del procedimiento y de las circunstancias personales. Las consultas de datos por la Administración y las exenciones pueden modificar los justificantes exigibles.
Resolvemos tus dudas sobre la nacionalidad española.
Estas respuestas te ayudarán a comprender los plazos, las pruebas y los procedimientos más habituales. Los requisitos se comprueban siempre según tu situación.
01¿Puedo solicitar la nacionalidad española con dos años de residencia?
El plazo de dos años se contempla, entre otros, para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, así como sefardíes de origen. La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, y deben cumplirse los demás requisitos.
Consultar los plazos02¿El tiempo de estancia por estudios cuenta para la nacionalidad?
Con carácter general, la estancia por estudios tiene naturaleza diferente de la residencia legal exigida para la nacionalidad por residencia. Analizamos tu historial administrativo para determinar el periodo computable.
03¿Necesito hacer los exámenes CCSE y DELE?
En el procedimiento de nacionalidad por residencia, las pruebas se exigen según la edad y las circunstancias personales. Existen exenciones y dispensas reguladas; los nacionales de países donde el castellano es lengua oficial pueden estar exentos del DELE, y los menores de edad están exentos de estas pruebas.
04¿Puedo solicitar nacionalidad para mi hijo menor de edad?
Puede existir una vía por residencia, por opción o un supuesto de nacionalidad de origen, según el nacimiento, la filiación y las circunstancias de los progenitores. La documentación y la intervención de representantes legales dependen de la edad y del procedimiento.
Ver nacionalidad de menores05¿Cuánto tarda la Administración en resolver la nacionalidad?
El procedimiento por residencia dispone de un plazo normativo de resolución, aunque el tiempo efectivo de tramitación puede variar. Revisamos el justificante y el estado del expediente, sin ofrecer garantías sobre fechas de concesión.
06¿Un matrimonio con una persona española da la nacionalidad automáticamente?
El matrimonio puede permitir solicitar la nacionalidad por residencia con un plazo reducido de un año si se cumplen las condiciones del artículo 22 del Código Civil, incluida la ausencia de separación legal o de hecho, además de los requisitos generales.
07¿Puedo pedir la nacionalidad con una residencia por razones humanitarias?
Debe comprobarse la naturaleza legal de la autorización, su fecha de efectos y la continuidad del periodo de residencia. Para ciudadanos venezolanos nacionales de origen de un país iberoamericano, puede ser relevante el plazo de dos años si se reúnen todos los requisitos.
08¿Qué pasa si he salido de España durante mi periodo de residencia?
Las ausencias se valoran según su duración, frecuencia y circunstancias, junto con la continuidad exigida legalmente. Revisamos las entradas, salidas y el historial de residencia antes de presentar la solicitud.
09¿Necesito certificado digital para presentar la solicitud?
La sede del Ministerio de Justicia ofrece tramitación telemática de nacionalidad por residencia. La firma y la representación electrónica deben ajustarse al sistema utilizado y a la legitimación de quien presenta el expediente.
10¿Qué ocurre después de una resolución favorable?
La concesión requiere completar las actuaciones posteriores aplicables, como la jura o promesa y la inscripción en el Registro Civil, respetando los plazos previstos. Te indicaremos los pasos que correspondan a tu resolución.
¿Tu situación requiere una valoración individual?
Explícanos tu caso y te indicaremos cómo comenzar el estudio del expediente.
¿Quieres solicitar la nacionalidad española?
Cuéntanos tu situación, tu nacionalidad de origen y desde cuándo resides legalmente en España. Revisaremos qué procedimiento corresponde estudiar y cómo podemos ayudarte.